Una jueza constata que Sant Josep no actuó contra el ruido en Platja d’en Bossa en 2013

Eugenio Rodríguez 30.10.2019

Una sentencia estima la demanda de unos vecinos que pedían que se redujeran los niveles sonoros hasta el límite legal, el precinto de equipos musicales de actividades no autorizadas y la suspensión de actividades con música al aire libre | El alcalde defiende que ahora se actúa «con contundencia»

El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Palma ha emitido una sentencia en la que estima la solicitud de un grupo de vecinos de Sant Josep dirigida al Ayuntamiento hace poco más de seis años, el 20 de agosto de 2013, para que se redujeran los niveles de ruido hasta los límites legales, se precintasen los equipos sonoros de las actividades no autorizadas y se suspendieran las actividades musicales al aire libre prohibidas por su propia normativa. La sentencia confirma «la inactividad de la Administración» para combatir la contaminación acústica en Platja d’en Bossa.

Los vecinos presentaron la demanda contra el Ayuntamiento, que no respondió a su solicitud, y, como codemandados, contra Fiesta Hotels Resort SL, Space Beach Club y la Asociación de Empresarios y Comerciantes de Platja d’en Bossa.

El fallo judicial declara la obligación de la Administración a tramitar la solicitud de los vecinos para combatir el exceso de ruido. Los demandantes denunciaron que entonces, en 2013, cuando gobernaba el PP (tras la moción de censura que derrocó a la izquierda), el Ayuntamiento se limitaba a hacer «una actuación de maquillaje ante la prensa, o tendente a una desobediencia disimulada de la ley» al anunciar la apertura de expedientes sancionadores que «quedaban en nada».

Expedientes de «maquillaje»

«Y lo cierto es que en enero de 2018, cuando se formaliza el trámite de conclusiones [de la demanda] por parte del Ayuntamiento, no se aportaron datos de la terminación de algún expediente sancionador ni de la adopción de medidas o sanciones por las denuncias interpuestas en 2013», apunta la sentencia, que concluye que «el Ayuntamiento no respondió a las argumentaciones de la demanda de que se iniciaban los expedientes sancionadores como puro maquillaje para luego no hacer nada».

Los vecinos denunciaron entonces que el Ayuntamiento tramitaba «siempre» procedimientos de denuncia «sin adoptar medidas provisionales eficaces» ni para combatir el exceso de ruido y las actividades de música al aire libre ni para controlar el cumplimiento de los horarios. Relataban denuncias concretas cursadas en junio que «no se tramitaban hasta septiembre, tras la finalización de la temporada de verano», práctica que «se repetía cada año».

El alcalde, Josep Marí Ribas, del PSOE, asegura que, pese a que cuando se denunciaron los hechos gobernaba el PP, el Ayuntamiento recurrirá la sentencia. «No puedo responder de lo que se hizo en 2013, 2014 y parte de 2015, pero quiero pensar que el Ayuntamiento hacía lo que correspondía. Otra cosa es que la jueza considere que no se actuó de forma suficientemente contundente», indica.

Marí dice que es «contundente»

En todo caso, Marí Ribas defiende que su gobierno ha sido «suficientemente contundente en los últimos cuatro años, no sólo en denuncias y sanciones sino también en el cambio de la ordenanza y el mapa de ruidos que marca el máximo de emisiones de decibelios en cada zona y que la Asociación de Empresarios de Platja d’en Bossa ha recurrido».

«Creo que puedo decir que ha habido un antes y un después en la aplicación de la ordenanza y los horarios así como en la obligación de los empresarios de instalar aparatos para controlar la emisiones de sus locales», resalta Marí Ribas, que también destaca que, con la reforma de la discoteca Hï (antigua Space) hace dos años (tres temporadas), que «cerró por completo sus instalaciones [antes se autorizaban fiestas en el exterior, con motivo de la apertura y el cierre, recuerda el alcalde], ha desaparecido este impacto.

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